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Confirman multa récord a Telefónica España por “abusos”

29 de marzo de 2012

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) confirmó la multa récord de € 151 millones que Bruselas impuso a Telefónica en 2007 por abuso de posición dominante en el mercado español de Internet de banda ancha.

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Telefónica.
Telefónica.Imagen: dapd

Según un comunicado de la alta instancia judicial de la UE, los jueces han rechazado los recursos que interpusieron Telefónica y el gobierno español y, de esta manera, refrendaron la decisión en primera instancia de la justicia comunitaria contra la empresa.

En 2007, las autoridades de Competencia de la Comisión Europea multaron a Telefónica alegando que entre 2001 y 2006, la empresa cobró a sus competidores precios excesivos por el alquiler de su infraestructura de red y así les dejó en una posición muy débil para hacerle competencia.

El resultado de esa posición de abuso dominante es que los usuarios españoles pagaron por el uso de la banda ancha un 20 por ciento más que la media en el resto de la UE. Además, según el TUE Telefónica ignoró no sólo las leyes comunitarias sino también las españolas en materia de competencia.

El comunicado de prensa del TUE asegura que, en opinión de los jueces, si Telefónica no hubiese procedido ilegalmente a estrechar los márgenes de competencia, ello no habría afectado con tanta intensidad al mercado minorista de Internet de banda ancha y, con ello, el beneficio habría sido muy significativo para los consumidores españoles.

De esta manera, Telefónica restringió los beneficios a los consumidores finales en "materia de precios, elección e innovación" tecnológica, entre otros factores, según el TUE.

Por otro lado, en la sentencia final no recurrible, el TUE refuta otro de los argumentos que esgrimió Telefónica en la defensa de su postura: que respetó siempre las normas de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT).

"Telefónica no podía ignorar que el cumplimiento de la normativa española en materia de telecomunicaciones -y, en particular, el cumplimiento de las resoluciones adoptadas por la CMT en virtud del marco regulador- no la protegía frente a una intervención de la Comisión con arreglo al derecho de la competencia", se asegura en el texto de fallo.

dpa

Editor: José Ospina-Valencia