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Comisión europarlamentaria rechaza sancionar a Hungría

13 de octubre de 2015
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La comisión de Libertades Civiles del Parlamento Europeo (PE) rechazó hoy iniciar el procedimiento de activación de un artículo sancionador del Tratado de la UE contra Hungría por la supuesta violación de derechos fundamentales.

De acuerdo con las fuentes consultadas, la votación se ha saldado con 31 votos en contra de la propuesta de los liberales (ALDE), entre ellos los de eurodiputados populares y algunos socialdemócratas.

"Los socialdemócratas, los populares y la extrema derecha confortan a Víktor Orbán en su impunidad", señaló el eurodiputado liberal belga Louis Michel, en un mensaje de la red social Twitter, en la que también dijo que "permanecer pasivo es ser cómplice" de las acciones del primer ministro de Hungría.

La portavoz de la formación liberal española Unión Progreso y Democracia (UPyD) en el PE, Maite Pagazaurtundúa, opinó que con ese voto, los grandes grupos han evitado con "cobardía" que progrese la propuesta de los liberales para iniciar la tramitación desde la Eurocámara.

Ello supondría, en la práctica, una advertencia política a Budapest por su deriva hacia "prácticas poco respetuosas con los derechos humanos", agregó Pagazaurtundúa. La formación magenta se refiere a la reinstalación de la pena de muerte o el trato inhumano hacia los refugiados y migrantes.

El artículo 7 del Tratado de Lisboa contempla la posibilidad de sanciones en caso de que un tercio de los Estados miembros, y el PE, la Comisión o el Consejo Europeos, por mayoría de cuatro quintos de sus miembros constaten la existencia de un riesgo claro de violación grave por parte de otro país de ciertos valores.

Éstos son la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías.

Una vez constatados estos hechos, el Consejo podría decidir, por mayoría cualificada, que se suspendan determinados derechos derivados de la aplicación de los Tratados al Estado miembro de que se trate, incluidos los derechos de voto en el Consejo (efe).